La fiscal Susana Gisbert aseguró que no es sencillo determinar los delitos de odio porque no es fácil encontrar la respuesta "ni mucho menos es unívoca. Ni todos los hechos en que se manifiesta odio son delitos de odio, ni es imprescindible que haya odio para hablar de este tipo de delitos, en nuestro Derecho, se configuran como delitos cometidos con ocasión del ejercicio de derechos fundamentales".

El Ateneo Mercantil celebró la conferencia "Actualidad en los delitos de odio" a través de Zoom. El acto ha sido presentado por la presidenta del Ateneo, Carmen de Rosa, que destacó la importancia de la tarea que desempeña Susana Gisbert como fiscal delegada de Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación desde mayo 2019 y fiscal especialista de la Sección de Violencia sobre la Mujer desde su creación en 2005.  Además, destacó su faceta como escritora y como defensora de los derechos de la mujer.

En su intervención, la fiscal valenciana explicó que lo que caracteriza a los delitos de odio es la pertenencia a un colectivo vulnerable, "al que se discrimina con el hecho delictivo, y un acto que de algún modo incite al odio o la discriminación a ese colectivo o a esa o esas personas por pertenecer a él".

Para Susana Gisbert, de un tiempo a esta parte los delitos de odio son algo de lo que cada vez se habla más, pero "con la época que estamos viviendo han cobrado un enorme protagonismo. Por eso, es conveniente hablar de qué son, cómo están configurados en nuestro Derecho y cómo podemos hacer para detectarlos, denunciarlos y perseguirlos en su caso".

"Surgen preguntas como ¿se consideran delitos de odio las fake news o bulos, tan a la orden del día? ¿Lo son los carteles en que 'se invita' a personal sanitario, cajeras de supermercado u otras profesiones con elevado riesgo de contagio a abandonar el edificio donde viven? ¿O los insultos que les dirigen?", se cuestionó.

Durante la webinar realizó una aproximación de cómo se regulan este tipo de delitos, cómo se sancionan y cómo se persiguen y ha explicado cómo distinguir los delitos de odio propiamente dichos de otras figuras semejantes o similares, pero no idénticas.

En este sentido, Susana Gisbert apuntó que los motivos de discriminación que dan lugar a delitos de odio son variados, y vienen fijados en el Código Penal: raza, religión, etnia, ideología, orientación sexual, sexo, género… "Aunque no todos los hechos cometidos contra estas personas o grupos son por si delitos de odio", concluyó la Fiscal.

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