Un tema que ha venido suscitando discusiones es si con ocasión de realizar cualquier conducta, especialmente las delictivas, merece una atenuanción de la pena .o del castigo el hecho de que el ejecutor de dicha conducta se hallase bebido o drogado al tiempo de realizarlo. Sabido es que la legislación ordinaria así lo admite, pero también es sabido que en el legislación militar, por ejemplo, ocurre lo contrario, es decir, que el ir embriagado es un plus de responsabilidad. A estas alturas de la evolución de la civilización todos sabemos que cuando bebemos o nos drogamos, estamos descontrolados y no sabemos bien lo que hacemos. Esto nos debería hacer pensar que cuando bebemos o nos drogamos corremos el riesgo de realizar una conducta indebida. Ambas posiciones fueron objeto de discusión en el debate, que fue muy vivo e interesante.

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